En Santa Fe la Ley de Acceso a la Información Pública tiene media sanción
El bloque de senadores justicialistas dio media sanción a la iniciativa, que no fue acompañada por el bloque del Frente Progresista. El presidente de la bancada oficialista, Juan Carlos Zabalza, fundamentó el voto negativo de su bloque a dicho despacho.
“Tenemos un proyecto de mi autoría basado fundamentalmente en un ordenamiento estructurado en base al decreto del Poder Ejecutivo provincial referido a información pública. Con posterioridad ingresó una media sanción de la Cámara de Diputados, que fue votada unánimemente, y a ello se agregó el aporte del proyecto de los senadores Aquino y Michlig”.
Sobre esa base se trabajó, y en la labor de las comisiones, los senadores del Partido Justicialista plantearon otros elementos que fuimos llevando en la idea de obtener una ley, o por lo menos una sanción de esta Cámara”.
“Estamos convencidos de que el acceso a la información pública es un derecho, por lo tanto el principio es informar, la no información debe estar restringida a excepciones debidamente justificadas. La aspiración de todos es tener una ley, en donde se vean comprometidas todas las estructuras del Estado, y algunas que no son del Estado, pero tienen una relación directa con lo público en materia de información”.
“Se planteó un disenso sobre un punto que nosotros no compartimos y que conceptualmente no justificamos, porque se incorporó dentro de las excepciones el inciso 11 del artículo 10, que establece que están exceptuados de ser informados los aportes económicos a personas físicas, también llamados subsidios, excepto que se cuente con el consentimiento expreso del beneficiario”.
“No compartimos este criterio, y esta diferencia determinó que no acompañáramos el dictamen sancionado por esta Cámara”, finalizó.
Fuente: http://www.sinmordaza.com/noticia.php?id_noticia=79820
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| Este artículo fue publicado por Miguel Sumer Elias el 27 noviembre, 2009 a las 19:31, y está archivado en Gobierno Electrónico, Proteccion de Datos y Privacidad. Sigue las respuestas a esta entrada a través de RSS 2.0. Puedes dejar un comentario o enviar un trackback desde tu propio sitio. |











