The Convention on Cybercrime (ETS) 185 o Convenio sobre Cibercriminalidad de Budapest (traducción no oficial) o “Convención sobre Delitos Informáticos” o “Convenio sobre Ciberdelincuencia” es el único acuerdo internacional que cubre todas las áreas relevantes de la legislación sobre ciberdelincuencia (derecho penal, derecho procesal y cooperación internacional) y trata con carácter prioritario una política penal contra la ciberdelincuencia.

Fue adoptado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su sesión N° 109 del 8 de noviembre de 2001, se presentó a firma en Budapest, el 23 de noviembre de 2001 y entró en vigor el 1 de julio de 2004.

En abril de 2001 el Consejo Europeo publicó el proyecto destinado a armonizar las legislaciones en los estados miembros (47 miembros y 8 observadores al día de la fecha) y abierta a otros países como Australia, Japón, Canadá, Sudáfrica y los EE.UU. en noviembre de 2001. Actualmente países como Argentina (que ha basado su Ley de Delitos Informáticos en este convenio) y Ecuador están analizando adherirse.

Por ende, este Convenio es el único que se encarga de la seguridad de la información y trata los delitos contra la Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad de los datos y los sistemas informáticos.

Ver presentación de Heidy Balanta y de la Secretaria de Relaciones Exteriores de México.

Cristian de la Redacción de Segu-Info

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