AFIPArtículo publicado originalmente el Martes 21 de enero de 2014 en La Nación

Las compras de productos y servicios en sitios extranjeros, ahora bajo la lupa de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante un control que exige la presentación de una declaración jurada para entregar el objeto físico que llega a la Aduana, se duplicaron durante el último año, de acuerdo a datos proporcionados por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico.

«En 2012 unos 750.000 argentinos concretaron transacciones on line en tiendas del exterior, y estimamos para 2013 que esa cifra llegó al millón y medio de usuarios locales», dijo Patricia Jebsen, presidenta de la CACE, al ser consultada por LA NACION.

Las cifras proporcionadas por la CACE, que se presentarán oficialmente la próxima semana, alcanzan tanto a la compra de servicios digitales como a los pedidos de productos en tiendas minoristas con envío por correo y entrega a domicilio (es decir, no distinguen qué es lo que se compró). La popularidad de los envíos a domicilio es lo que motivó que la AFIP frenara primero los envíos a domicilio en la Aduana y haya puesto en vigencia una norma promulgada hace años pero que hasta ahora no se había respetado.

De esta forma, dentro de ese millón y medio de argentinos que realizan transacciones on line también se encuentran aquellos que adquirieron cosas que están fuera de los recientes controles de la AFIP, tales como los abonos de streaming, acceso a catálogos de música y video por Internet de plataformas como Spotify y Netflix, junto a la compra de aplicaciones para teléfonos móviles y tabletas.

Durante 2012, unos 750.000 argentinos realizaron transacciones on line en sitios extranjeros, un 7,53 por ciento de los 10 millones de usuarios locales que optaron por comprar por Internet. Durante el último año, la demanda por la compra de productos en sitios como DealExtreme, AliExpress y Focal Price, entre otras, generó una demanda inusitada de entregas de productos a domicilio, alentada por las tiendas on line chinas que no cobran el envío si el monto es reducido.

La nueva reglamentación de la AFIP vuelve a poner en escena, de la mano de una declaración jurada, la franquicia de 25 dólares por persona al momento de realizar una compra on line; si el valor es superior, se debe pagar el 50% del excedente.

A su vez, esta medida se suma al incremento del 35 por ciento en el consumo de las tarjetas destinadas para el turismo y en las compras en el extranjero, que se habían anunciado en diciembre de 2013.

Detalles a tener en cuenta

  • La medida que exige las declaraciones juradas sólo afecta a las compras en el exterior de objetos físicos que se envían por correo a nuestro país (es decir, paquetes)
  • Las declaraciones juradas no son necesarias para la adquisición de bienes o servicios digitales (como aplicaciones o servicios de streaming) que sólo abonan el 35% adicional a la compra, a cuenta del pago de Ganancias, como cualquier otra transacción en el extranjero con una tarjeta de crédito
  • El pago del 50% sobre el valor de la compra se hace sólo si supera los 25 dólares anuales que tiene permitido cada ciudadano ( el monto se definió hace décadas en el Código Aduanero )
  • Ese cálculo debe hacerse sobre el total a pagar por la compra, es decir, sumando el precio del bien adquirido e incluyendo los gastos de envío
  • Con la declaración jurada y el comprobante de pago se debe ir a la Aduana a buscar el paquete, sin importar el servicio de envío que se haya usado
  • La declaración jurada debe hacerse incluso para compras que se hicieron antes de hoy; es decir, todo lo que llegue a la Aduana desde hoy en más debe retirarse con el comprobante de pago

En este link, el texto completo de la normativa publicada por la AFIP

Fuente: La Nación

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