OMPIArtículo original publicado el 14 de abril de 2014 por Fernando Llorente en Punto Dominios

A la empresa Inbay Limited, con domicilio en Londres (Gran Bretaña), el acercamiento a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) para quedarse con un nombre de dominio en Internet no le resultó para nada beneficioso. Los expertos no sólo determinaron que la demanda no probó los puntos fundamentales para que fuera aceptada, sino que también establecieron que se trató de un caso de ciberocupación inversa.

La marca británica, dedicada a brindar soporte técnico e información sobre productos y servicios relacionados a la seguridad informática, reclamó ante la OMPI el nombre <inbay.com>, propiedad de Ronald Tse, un particular residente en Hong Kong (China). Pero los integrantes del pantel del Centro de Mediación denegaron la demanda porque consideraron que no demostraba que el dominio en disputa había sido registrado o usado con mala fe.

No obstante, la contienda no termino allí, ya que el demandado presentó una serie de escritos complementarios y solicitó que se investigara un posible caso de “Reverse domain name hijacking” (secuestro inverso de dominio). ¿De qué se trata? La también conocida como ciberocupación inversa se produce cuando alguien realiza una falsa acusación de ciberocupación con el fin de intimidar a la otra parte, quitarle el nombre de dominio, y evitar presentarse ante un tribunal.

Para establecer que estaban en presencia de un caso de este tipo, los expertos consideraron las fechas del registro del dominio y la marca Inbay, además de una prueba presentada por Ronald Tse, acreditando que la empresa británica había intentando comprárselo un tiempo atrás, a través de dos empleados.

El nombre fue registrado en 1998 y el ciudadano chino lo adquirió en 2007, un año antes del nacimiento de la empresa en cuestión, que recién patentó su marca en 2008. Ante la evidente diferencia de tiempos, sumado al intento del demandante de comprar el nombre antes del reclamo -esto desnudó que sabía que le sería casi imposible tener éxito mediante la demanda-, determinaron la existencia de ciberocupación inversa.

El oriental conservó el dominio <inbay.com>, mientras que la empresa de Gran Bretaña dio un paso en falso y quedó mal parada ante la OMPI.

Fuente: Punto Dominios

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