Auditoría de Bases de Datos y adecuación a la Ley 25.326 y normativas internacionales sobre privacidad. Registro de las Bases de Datos en el Registro Nacional de Bases de Datos. Redacción de las Políticas de Privacidad del sitio web. Elaboración de los Documentos de Seguridad obligatorios (Bajo, Medio y Alto). Redacción del reglamento para el…

La justicia rechazó un habeas data contra Google y Clarín, a fin de que eliminen los enlaces referidos a una persona investigada por narcotráfico pero que fue absuelta.

El kirchnerismo impulsa un borrón de los registros en bancos de datos de riesgo crediticio para los morosos que registren deudas inferiores a $ 10.000, una suerte de amnistía general que tiene en vilo al sistema financiero.

En dos casos que llegaron a la CSJN se pretendía borrar información sobre deudas bancarias con fundamento en el art. 26 de la ley de protección de datos personales. En uno de los casos, la acción había sido rechazada, y el actor apeló a la Corte.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció recientemente en dos casos similares en los que se puso en tela de juicio el alcance y características del “derecho al olvido” que prevé la Ley 25.326. Las causas fueron “Catania” y “Napoli”.

Las que contienen información con datos personales deben registrarse. Los profesionales están alcanzados por la normativa. Pocos estudios jurídicos forman parte del catastro.

La Corte Suprema de Justicia confirmó que la SIDE debe revelar información sobre datos personales, y que sólo puede negarse en caso de protección de la defensa de la Nación y de intereses de terceros y de la seguridad pública.

El Senado de la Provincia de Buenos Aires aprobó con modificaciones un proyecto de ley que reglamenta el proceso de “hábeas data”, para la protección de los datos personales.

La Argentina ratificó su política contra los ciberdelitos, al adherir formalmente a la Convención de Budapest, la primera a nivel internacional que procura la cooperación entre países para luchar contra redes de pedofilia o de lavado de dinero, entre otros crímenes, y es la primera que se ofrece a países no miembros.

«Si un condenado por robo puede cancelar sus antecedentes penales al cabo de los años, ¿por qué no puedo eliminar la referencia a una multa de tráfico en Google?». Probablemente esta pregunta ha asaltado a todo usuario que ha introducido su nombre en un buscador y ha tenido la amarga sorpresa de ver que algunos…

Entre Google, Facebook, Yahoo y MSN gestionan la información de casi 2.000 millones de personas. Todas estas compañías son estadounidenses y se rigen por la legislación de protección de datos, muy laxa, que reina allí. Sin su permiso, es imposible borrar de la Red aquella multa publicada en un boletín provincial, esa fotografía inconveniente en una red social o, simplemente, dejar de recibir publicidad. Francia, sin embargo, quiere ahora que el olvido digital se convierta en un derecho.

El juez civil, de primera instancia, Emilio Riat, condenó al Banco Macro Bansud SA a pagar 30.253 pesos por haber incluido en 2004, en una lista de morosos que fue enviada al Banco Central, a una mujer que tenía una deuda de 1.523 pesos con una tarjeta de crédito, pendiente desde 1996. El magistrado afirmó en la sentencia que “ese registro excedió largamente el plazo de caducidad pertinente previsto en la Ley de Protección de los Datos Personales”.

No hace falta enfermarse para saber cómo llueven quejas en el campo de la salud. Apremiado por las defensorías y los organismos de derechos humanos, el Congreso sancionó una ley que actualiza conceptos y fija responsabilidades.
Es la Ley 26.529, promulgada en noviembre último, bajo el explícito título “Derechos del paciente en relación con los profesionales e instituciones de la salud”. Rige para la salud pública y privada, e incorpora los principios de la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, y de la Ley 26.061 de Protección de Niños y Adolescentes. Todavía no está reglamentada, ni ha sido acordada por las provincias.

La Justicia salteña avaló la decisión de un hospital de la provincia de controlar la asistencia de su personal mediante un sistema de lectura de las huellas digitales de cada uno de ellos.
El fallo se conoce en el contexto de la polémica por las dificultades para identificar al hijo de los artistas Antonio Grimau y Leonor Manso, quien permaneció un mes en la morgue judicial sin que pudiera determinarse su filiación mediante las huellas dactilares.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha instado a Google a impedir que aparezcan en el buscador datos de la vida privada de un ciudadano sin su consentimiento. La resolución considera que le ampara el llamado derecho de oposición previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos y que el afectado tiene «motivos fundados y legítimos relativos» para reclamar esa privacidad porque en el buscador aparecen dos noticias que no guardan relación con su actividad profesional de músico.

Un documento interno del Departamento de Justicia de los EEUU menciona la actividad que realizan agencias como el FBI en sitios como Facebook, MySpace, LinkedIn y Twitter.

Históricamente, el resguardo legal de la intimidad en Argentina estuvo suficientemente garantizado por la Constitución Nacional (arts. 19 y 18) y los Códigos Civil (art. 1071 bis) y Penal (arts. 151 al 157 relativos a la violación del domicilio y de secretos) pues los medios de comunicación tradicionales (como lo eran el correo postal, el teléfono o el fax) no suponían demasiados desafíos para la legislación de la época.
Pero todo cambió a comienzos del Siglo XXI ya que con el uso masivo e irracional de los nuevos sistemas electrónicos de comunicación, la intimidad, la identidad y el anonimato de las personas se vieron crecientemente amenazados.

Con el fin de poner en caja a las empresas que manejaban información de los argentinos, en octubre de 2000 se sancionó la ley 25.326. El primer artículo define su objetivo: «La protección integral de los datos personales asentados en archivos, registros, bancos de datos, u otros medios técnicos de tratamiento de datos, sean éstos públicos, o privados destinados a dar informes, para garantizar el derecho al honor y a la intimidad de las personas». Dos años después se creó el órgano de control para el efectivo cumplimiento de la norma, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP).