DELITOS INFORMÁTICOS Y CIBERSEGURIDAD
Normas principales
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA
- LEY 26.388 de Ley de Delitos Informáticos
- LEY 27.411. Aprobación del Convenio sobre Ciberdelito (Convenio de Budapest sobre Ciberdelito)
Menores y pornografía infantil
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 128 (producción, distribución y tenencia de pornografía infantil), art. 131 (contacto a menores por medios electrónicos con una finalidad sexual -grooming-), art. 125 (corrupción de menores por medios digitales) y arts. 145 bis y 145 ter (trata de personas menores de edad).
- LEY 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, que tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte. Estos derechos están asegurados por su máxima exigibilidad y sustentados en el principio del interés superior del niño.
- DECRETO 415/2006, que reglamenta la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
- LEY 26.904 de Grooming, que incorpora el art. 131 del Código Penal que pena con prisión de 6 meses a 4 años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.
- DECISION MARCO 2004-68-JAI del Consejo de Europa, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil (20 de enero de 2004).
- LEY 863 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que los establecimientos comerciales que brinden acceso a Internet deben instalar y activar filtros de contenido sobre páginas pornográficas.
- CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en su art. 61 castiga al que tolere o admita la presencia de menores en lugares no autorizados (local de espectáculos públicos, de baile o de entretenimientos tipo ciber) y en su art. 62 castiga al que suministre o permita a un menor el acceso a material pornográfico.
Hostigamientos, discriminación y daños al honor
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 109 (calumnias o imputaciones falsas de un delito) y art. 110 (injurias).
- CÓDIGO CONTRAVENCIONAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, en su art. 52 castiga al que intimide u hostigue de modo amenazante, siempre que el hecho no constituya delito con 1 a 5 días de trabajo de utilidad pública, multa de $ 200 a $ 1.000 o 1 a 5 días de arresto. Las penas se duplican si la víctima es menor de 18 años (art. 53).
- LEY 23.592 de actos discriminatorios.
Amenazas, extorsiones y chantajes
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 149 bis (delito de amenazas), art. 168 (delito de extoriones), art. 169 (delito de chantaje o amenaza de imputaciones contra el honor o violación de secretos).
Apología del crimen
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 213 (hacer pública la apología de un delito o de un condenado por delito).
Acceso ilegítimo a datos o sistemas (hacking) y daños informáticos (cracking)
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 153 bis (acceso ilegítimo a un sistema o dato informático de acceso restringido), arts. 183 y 184 (daño, alteración o destrucción de datos, programas o sistemas).
Violación de comunicaciones electrónicas
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 153 (violación de comunicaciones electrónicas ajenas), art. 155 (violación de la privacidad de las comunicaciones electrónicas) y art. 197 (interrupción de comunicaciones electrónicas).
Estafas y defraudaciones informáticas
- CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, art. 172 y 173, inc. 3, 8 y 16 (defraudación mutilando y ocultando expedientes o documentos digitales o manipulando el normal funcionamiento de un sistema informático o la transmisión de datos).
Seguridad en Entidades Financieras
- COMUNICACION “B” 9042 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), relativa a los requisitos mínimos de gestión, implementación y control de los riesgos relacionados con Tecnología Informática y Sistemas de Información y recursos asociados para las entidades financieras.
Competencias judiciales en la investigación de delitos informáticos
- LEY 24.034, que aprueba el Tratado de Asistencia Jurídica Mutua en Asuntos Penales con el gobierno de Estados Unidos de América (Noviembre de 1991).
- LEY 2.257 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aprueba el Convenio N° 14/04, “Convenio de Transferencia Progresiva de Competencias Penales de la Justicia Nacional al Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, suscripto entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como ser pornografía infantil, exhibiciones obscenas, amenazas y daños informáticos, ente otros.
- RESOLUCIÓN 501/FG/12 de la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprueba en calidad de prueba piloto la implementación del Equipo Fiscal “A” de la Unidad Fiscal Este especializado en delitos y contravenciones informáticas, que actuará con competencia especial única en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- RESOLUCIÓN 1755/2008 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que fija que el delito del art. 153 bis del Código Penal queda en jurisdicción y competencia de la Justicia Nacional ordinaria en lo penal de la Capital Federa.
- RESOLUCIÓN 152-2008 de la Fiscalía General del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que establece el criterio general de actuación del Ministerio Público Fiscal en orden a los delitos previstos en el art. 153 bis y 183 párr. 2° del Código Penal luego de la entrada en vigencia de la ley 26.388 (14 de julio de 2008).
- Resolución 234/2016 del Ministerio de Seguridad, que crea el Protocolo General de Actuación para las Fuerzas Policiales y de Seguridad en la Investigación y Proceso de Recolección de Pruebas en Ciberdelitos.
Protección de las Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad
- Declaración de Panamá sobre “La Protección de la Infraestructura Crítica en el Hemisferio frente al Terrorismo”. Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE) (OEA) (aprobada en la tercera sesión plenaria, el 1 de marzo de 2007).
- RESOLUCIÓN 580/2011 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, crea el el Programa Nacional de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad en el ámbito de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI).
- DISPOSICIÓN 3/2011 de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI), que establece el “Formulario de adhesión al Programa Nacional de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad”.
- DISPOSICIÓN 2/2013 de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI), que crea el grupo de trabajo “ICIC – CERT” (Computer Emergency Response Team) en el marco del “Programa Nacional de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad”.
- DECRETO 1067/2015, que establece que en el Organigrama de la Administración Pública Nacional se establece a la Subsecretaría de Protección de Infraestructuras Críticas de Información y Cibserseguridad en el ámbito de la Secretaría de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
- DISPOSICIÓN N° 5/2015 Jefatura de Gabinete, que crea en la Subsecretaría de Protección de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad el “Registro de Equipos de Respuesta ante Incidentes de Seguridad Informática”.
- RESOLUCIÓN 1046/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que establece la estructura organizativa de la Dirección Nacional de Infraestructuras Críticas de Información y Ciberseguridad.
- RESOLUCIÓN 1252/2015 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que conforma el Comité de Seguridad de la Información de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y deroga la Resolución 970/2014 de la JGM.
- DECISIÓN ADMINISTRATIVA 669/2004 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que establece que los organismos del Sector Público Nacional deberán dictar o adecuar sus políticas de seguridad y conformar Comités de Seguridad en la Información.
- DISPOSICIÓN 1/2015 de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI), que aprueba la “Política de Seguridad de la Información Modelo” para el Sector Público Nacional, en reemplazo de la Disposición 3/2013 de la ONTI (que, a su vez, reemplazaba a la Disposición 6/2005 de la ONTI).
- Declaración “Fortalecimiento de la Seguridad Cibernética en las Américas”. Comité Interamericano Contra el Terrorismo (CICTE) (OEA) (aprobado durante la cuarta sesión plenaria, el 7 de marzo de 2012).
- RESOLUCIÓN PGN N° 2035/14 Procuración General de la Nación, que designa al “punto focal” de la Procuración General de la Nación en materia de ciberdelincuencia.
- RESOLUCIÓN PGN N° 3743/15 Procuración General de la Nación, que crea la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI).
- DECISIÓN ADMINISTRATIVA 15/2015 del Ministerio de Defensa, que incorpora la Dirección General de Ciberdefensa.
- MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 17/14, que crea la Reunión de Autoridades sobre Privacidad y Seguridad de la Información e Infraestructura Tecnológica del MERCOSUR (RAPRISIT).
- DECRETO 2645/2014, que establece la Directiva de Política de Defensa Nacional y determina que el Ministerio de Defensa elaborará las normas para la creación de una instancia de naturaleza operacional en materia de Ciberdefensa y procederá a la adhesión al “Programa Nacional de Infraestructuras Críticas de la Información y Ciberseguridad” de la ONTI y ordenará al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas la elaboración de un Plan de Desarrollo de Ciberdefensa para el período 2014-2018.
- Ley 27.126, que establece dentro de las funciones de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) la producción de inteligencia criminal referida a los delitos federales complejos relativos a ciberdelitos.
- DECRETO 1311/2015, crea la Nueva Doctrina de Inteligencia Nacional de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI – Ley 27.126 de Inteligencia).
- ACORDADA N° 6/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), que dispone que este Tribunal, a través de la Dirección de Sistemas, dependiente de la Secretaria General de Administración, tendrá su cargo la seguridad informática de las bases de datos del Poder Judicial de la Nación vinculadas funciones jurisdiccionales; para lo cual adoptará las decisiones medidas que estime pertinentes, incluidas aquellas que tiendan preservar la integridad, infraestructura control del Centro de Datos del Poder Judicial de la Nación.
- RESOLUCIÓN N° 81/99 de la Secretaría de la Función Pública, que aprueba la creación de la Coordinación de Emergencia en Redes Teleinformáticas de la Administración Pública Argentina (ARCERT).
Programas Gubernamentales contra la Criminalidad Informática
- RESOLUCIÓN N° 69/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que crea el Programa Nacional contra la Criminalidad Informática y reemplaza a la Comisión Técnica Asesora de Cibercrimen.
- RESOLUCIÓN N° 640-E/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que transfiere el Programa Nacional Contra la Criminalidad Informática a la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. Nombra al Comité Consultivo. Derogación del art. 5 de la Resolución 69/2016 (M.J. y D.H.).
- RESOLUCIÓN CONJUNTA 866/2011 y 1500/2011 de la Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que crea la Comisión Técnica Asesora de Cibercrimen.