street view 204/10/13

El Juzgado Civil y Comercial N°1 desestimó el pedido de prohibición del servicio solicitado por un abogado platense. Para la jueza María Cecilia Valeros de Corica, no se viola la intimidad de las personas.

Street View desembarcó el miércoles en la Argentina con la promesa de recorrer y fotografiar las calles de la Ciudad, el Gran Buenos Aires, La Plata, Rosario, Santa Fe y Córdoba. Pero un abogado platense presentó un amparo para que los vehículos de Street View no recorran las calles tomando fotografías.

Sin embargo la justicia de la capital bonaerense desestimó el pedido y aseguró que el sistema no viola la intimidad de las personas. Así firmó la sentencia la doctora titular del Juzgado Civil y Comercial N°1 de esta capital María Cecilia Valeros de Corica.

La jueza entendió que no se debe prohibir esas grabaciones, «pues se trataría de imágenes tomadas en la vía pública y en la medida que estas no sean sacadas de contexto afectando derechos constitucionales, no existe pues, arbitrariedad ni ilegalidad manifiesta».

Street View desembarcó el miércoles en la Argentina con la promesa de recorrer y fotografiar las calles de la Ciudad, el Gran Buenos Aires, La Plata, Rosario, Santa Fe y Córdoba. Pero un abogado platense presentó un amparo para que los vehículos de Street View no recorran las calles tomando fotografías.

Sin embargo la justicia de la capital bonaerense desestimó el pedido y aseguró que el sistema no viola la intimidad de las personas. Así firmó la sentencia la doctora titular del Juzgado Civil y Comercial N°1 de esta capital María Cecilia Valeros de Corica.

La jueza entendió que no se debe prohibir esas grabaciones, «pues se trataría de imágenes tomadas en la vía pública y en la medida que estas no sean sacadas de contexto afectando derechos constitucionales, no existe pues, arbitrariedad ni ilegalidad manifiesta».

 En el fallo se sostiene que «el avance ha hecho que existan registros tecnológicos y cámaras de seguridad que constantemente se encuentran captando imágenes».

Asimismo, Valeros de Corica entendió que «lo que debe estar preservado es que esa imagen no se vincule con hechos agraviantes a la dignidad humana, la moral y buenas costumbres ni violente derecho constitucional alguno».

En este sentido, aclara que se debe tener «presente que las imágenes registradas habrán de ser de espacios públicos y transeúntes que se encuentran en la vía pública a los que además se le agrega una visión borrosa a los rostros y las placas de identificación de los rodados -en ese sistema-.»

Fuente: Infobae

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