La Audiencia Provincial de Segovia ha confirmado la Sentencia que dictó en el año 2008 el Juzgado de Instrucción Nº 4 de Segovia, condenando a dos jóvenes adolescentes a indemnizar a otra compañera con 12.400 euros (la Audiencia ha rebajado la cuantía de 18.284 euros a 12.400) por los daños morales ocasionados por suplantar su identidad en la red social tuenti y utilizar dicho perfil para enemistarse y ser repudiada por el resto de sus compañeros.

La Sentencia no recoge la petición de las demandantes consistente en que las condenadas publicaran la sentencia en sus respectivos perfiles sociales.

Todo comenzó cuando a las dos condenadas se les ocurrió crear un perfil en Tuenti, haciéndose pasar por una compañera, y publicando su nombre, lugar de nacimiento y lugar donde estudió, y subiendo una fotografía de la suplantada.

Las adolescentes valiéndose de este falso perfil, procedían a hacer comentarios denigrantes de otros compañeros que habían colgado fotografías en la red.

Como es lógico, los compañeros, creyendo que dichos comentarios provenían de la denunciante, criticaron duramente a la chica, y provocó que estos le hicieran el vacío asilándola socialmente, retirándole incluso el saludo.

Y es que en estas edades, para los adolescentes es muy importante la imagen que se proyecta a los amigos y compañeros, así como la aceptación e integración en el grupo, extremo que ha puesto de manifiesto la Audiencia al advertir del riesgo que conlleva el mal uso de las redes sociales, “dada la vulnerabilidad emocional que estos presentan debido a la corta edad y el momento evolutivo en el que se encuentran”.

Es fundamental que los padres orienten y asesoren a sus hijos en el uso de Internet y en concreto de las redes sociales, ya que en este caso la sentencia condena al pago de una indemnización, sin embargo en otros casos similares (con la mayoría de edad) la condena podría ser de privación de libertad.

Fuente: Delitosinformaticos.com

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